Modificar o corregir un DeCA ya emitido
Sí se puede, y el Ministerio lo tiene contestado por escrito. Hay dos vías y la diferencia entre ellas está en una sola cosa: si el código QR que lleva el conductor sigue sirviendo o deja de hacerlo.
Lo que dice el Ministerio, con sus palabras
La pregunta está en las preguntas frecuentes oficiales del DeCA, y la respuesta empieza así:
«En caso de que durante la realización del servicio de transporte se requiera la modificación o actualización de los datos del DeCA, podrá acudirse a uno de los siguientes métodos…»
Lo importante de esa frase es lo que no dice: no habla de anular, no habla de rectificar con un documento aparte y no pone plazo. Habla de modificar o actualizar los datos del documento que ya existe, y da dos caminos para hacerlo.
Las dos vías, y en qué se diferencian
| Vía | Qué hay que hacer | ¿Cambia el QR? |
|---|---|---|
| Modificar el PDF que ya existe | Añadir los datos nuevos y el motivo del cambio, y conservar los antiguos indicando claramente que ya no son válidos | No. Mismo fichero, misma URL: el QR que lleva el conductor sigue valiendo |
| Generar un PDF nuevo | Rehacerlo con todos los datos y conservar el original, para que quede trazabilidad de la modificación | Sí. Otro fichero, otra URL, otro QR |
Y hay una obligación que vale para las dos y que es la que más se olvida: el propio Ministerio cierra la respuesta con un «en ambos casos se deberá hacer llegar el PDF modificado o el nuevo PDF al conductor». De poco sirve corregirlo en la oficina si en el control se enseña la versión vieja.
Cuál de las dos conviene en cada caso
La norma deja elegir, así que la decisión es práctica. Lo que la ordena es si el conductor está ya en ruta y si el dato que cambia define el porte o es un detalle de su ejecución.
| Lo que ha cambiado | Vía que encaja |
|---|---|
| Una espera, un bulto de menos, el peso real tras el pesaje | Modificar el PDF: el conductor no tiene que volver a recibir nada |
| Un destino nuevo, otra mercancía, un vehículo distinto | PDF nuevo: cambia el contenido del artículo 6 y conviene que se vea como documento aparte |
| Se añade una recogida al mismo viaje | Las dos valen, pero agrupar envíos exige que coincidan cargador contractual y transportista efectivo |
Un caso que no es una modificación, aunque lo parezca. Si cambia el transportista efectivo o el cargador contractual, no estás corrigiendo un dato: el DeCA identifica expresamente a esas dos figuras, así que lo que hay es otro porte y otro documento. La norma lo dice con esas palabras para agrupar varios envíos —tienen que coincidir las dos figuras en todos—, y la lógica es la misma aquí.
Anular un DeCA: lo que la norma no regula
Conviene decirlo claro porque es la duda que más circula: la Orden FOM/2861/2012 no regula un procedimiento de anulación, y las preguntas frecuentes oficiales tampoco lo mencionan. Lo que sí está escrito es lo contrario: cuando se genera un PDF nuevo, el original se conserva a efectos de trazabilidad.
Y hay un motivo operativo para no «hacer desaparecer» un documento emitido. Si el enlace del QR deja de servir el fichero, el conductor cree que va cubierto y no lo está: en un control, un QR que no entrega el PDF equivale a no llevar documento, con la multa de 401 a 600 euros que eso supone. Lo tienes desglosado en qué multa te pueden poner por no llevar el DeCA.
Corregir no arregla llegar tarde
Hay una línea que la modificación no cruza: el documento tiene que existir antes de que el vehículo inicie el transporte. Modificar un DeCA es actualizar uno que ya acompañaba al porte; emitirlo a mediodía no arregla el acta de las ocho, y un borrador sin QR que descargue nada no cuenta como documento.
Por eso la secuencia sana es emitir antes de cargar —aunque sea con los datos justos— y actualizar después lo que cambie, que es exactamente para lo que la norma prevé las dos vías.
Cómo lo resolvemos en ValidaTrans
Nosotros usamos siempre la segunda vía, y es una decisión deliberada: de cada PDF emitido queda su huella SHA-256, de modo que el documento que se enseña en el control es demostrablemente el que se emitió. Un DeCA emitido no se edita; si hay que cambiarlo se emite otro y el original se conserva, que es justo la trazabilidad que pide la respuesta oficial.
Lo que sí resolvemos es la parte que la norma deja en tus manos: que el conductor reciba el documento nuevo. El QR actualizado le llega por WhatsApp con matrícula y ruta, y lo lleva en la app para emitir el DeCA desde el móvil, donde se exhibe en la propia pantalla sin depender de la cobertura.
Preguntas frecuentes
¿Se puede modificar un DeCA ya emitido?
Sí. Las preguntas frecuentes oficiales del Ministerio admiten dos métodos: modificar el PDF existente añadiendo los datos nuevos y el motivo del cambio, conservando los antiguos marcados como no válidos, o generar un PDF nuevo conservando el original para dejar trazabilidad.
Si corrijo el DeCA, ¿cambia el código QR?
Depende de la vía. Si se modifica el mismo PDF, la URL no cambia y el QR que ya tiene el conductor sigue siendo válido. Si se genera un PDF nuevo, tiene otra URL y por tanto otro QR, y hay que hacérselo llegar al conductor.
¿Se puede anular un DeCA?
La Orden FOM/2861/2012 no regula un procedimiento de anulación y las preguntas frecuentes oficiales no lo mencionan. Lo que sí establecen es que, al generar un documento nuevo, el original se conserva a efectos de trazabilidad. Dejar un QR que no entregue el PDF es peor que corregirlo: en un control equivale a no llevar documento.
¿Me pueden multar por un DeCA con datos equivocados?
Circular sin el documento de control es una infracción grave de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres, con multa de 401 a 600 euros, y a esos efectos cuenta como no llevarlo que falte alguna de las menciones obligatorias del artículo 6. De ahí que la norma prevea la actualización de los datos durante el servicio en lugar de dejarlos mal.
¿Hay plazo para modificar un DeCA?
La respuesta oficial habla de la modificación «durante la realización del servicio de transporte», que es cuando tiene sentido: el documento acompaña al porte. Lo que no admite plazo es la emisión inicial, que tiene que ser anterior al inicio del transporte.
Emite antes de cargar y corrige sin pelearte con el PDF. El conductor dicta el porte por WhatsApp, el documento se emite con su QR y, si algo cambia, se emite el nuevo y le llega al móvil. 3 meses de prueba con 60 documentos al mes y la conservación del año incluida, sin tarjeta.
Fuentes
- Orden FOM/2861/2012, de 13 de diciembre (documento de control de los transportes interiores) — artículos 4 (sujetos obligados) y 6 (contenido).
- Preguntas frecuentes oficiales sobre el DeCA, Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible (consultadas el 10 de octubre de 2026).
- Ley 16/1987, de Ordenación de los Transportes Terrestres — artículos 141.17 y 143.1.d.